En su libro “La instrucción pública bonaerense”, su autor, Evaristo Iglesias, da noticias sobre los azotes propinados al hijo único de Mariano Moreno en un colegio, la actitud de la madre y la de un empedernido cura azotador: “El único hijo de Moreno, de su mismo nombre, -dice- fue puesto por su madre en una escuela particular de las que controlaba ligeramente el Cabildo en cuanto a orden y disciplina, sin preocuparse mayormente de la enseñanza que en ellas se impartiera. Casi todos los escasos maestros de escuela de entonces eran curas. Esta preferencia de los religiosos por la enseñanza tiene dos razones principales, entre otras; una, la poca paga que recibían los maestros y el considerarse, ya desde los tiempos lejanos de Carlomagno, que los curas y frailes estaban sobrados de tiempo y que éste podía emplearse en la educación como función continuadora de las tareas del templo.
“El hijo de Moreno contaba ocho años de edad en 1813, pues nació el 5. Tenía de maestro a un presbítero llamado a lo clásico, don Diego Mendoza. Era hombre, al parecer, de mal genio y poco indicado para educar e instruir párvulos.
“Don Diego Mendoza aplicaba y mandaba aplicar azotes con regular prodigalidad. Un día propinó personalmente ocho azotes a Moreno. Doña Guadalupe Cuenca, viuda de Mariano, se presentó al otro día en la escuela pidiéndole al presbítero que a su hijo “no se le castigara”. El cura le respondió que “los castigos corporales eran necesarios y si no le agradaba el método que retirara al niño”. Así lo hizo la madre. Pocos días después el 9 de octubre y a influjo de su cuñado, Manuel Moreno, uno de los secretarios del Triunvirato, la Asamblea dictó la ley prohibiendo la pena de azotes.
“El maestro era un empecinado, también en esto a lo clásico. Continuó dando azotes a sus alumnos, todos ellos chiquillos de menos de diez años. Se quejaron los padres. Adujo el cura “consideraciones teológicas en abono de su actitud”, con olvido notorio del “Dejad a los niños…” y ello le valió la pena leve de “ocho días de reclusión en el convento de los Recoletos, para que en el recogimiento debido aprenda a dar la inteligencia debida a la Divina Escritura y la obediencia que se debe prestar a los preceptos de las autoridades legítimas”, decía la resolución. Como la pena fue insignificante no dio resultado alguno. El que castiga a un niño debiera perder la mano con que alzó el palo”.
La Junta de Observación, surgida a raíz de la revolución de abril de 1815, sancionó el Estatuto Provisional que dispuso en la octava providencia la revocación del decreto del 9 de octubre de 1813 que prohibía la pena de azotes en las escuelas. El castigo podía ser aplicado nuevamente “debiendo en caso de exceso o inmoderación acudir a los padres o los que tengan a su cargo niños, a los Regidores diputados de escuelas, para que refrenen y castiguen a dichos maestros cuando fueran culpables”.
Agrega Evaristo Iglesias: “En seguida los curas y maestros volvieron a adoptar el “degradante sistema del vapuleo”. El Congreso, el 3 de diciembre de 1817, volvió a prohibir los azotes en las escuelas. “A pesar de todo, está instruido dolorosamente el Gobierno de que subsiste en las escuelas y principalmente en las de los Conventos aquella práctica degradante” ponía el secretario Tagle en una comunicación al Cabildo, el 2 de mayo de 1819. El cuerpo municipal encargado de vigilar el orden escolar, no debía ignorar “cuán trascendental es este abuso y cuanto influye en la degradación de los jóvenes que deben educarse para la Patria, con decencia y honor”.
“Existía una orden del Director Supremo del Estado, que el secretario Tagle subrayaba, para que “sin pérdida de tiempo se pasen órdenes ejecutivas a todos los maestros de escuela, así en los Conventos como fuera de ellos, bajo las más severas conminaciones, para que jamás vuelvan a hacer uso de un castigo tan ignominioso como bárbaro y degradante”.
Fuente
Benarós, León – Castigos corporales en las escuelas de antaño.
Efemérides – Patricios de Vuelta de Obligado.
Gauchat, Mabel Rosa – Semblanzas educativas
Iglesias, Evaristo – La escuela pública bonaerense hasta la caída de Rosas, Buenos Aires (1946).
Portal www.revisionistas.com.ar
Todo es Historia – Año VII, Nº 83, abril de 1874
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