Asesinato de Zacarías Segura

Zacarías Segura fue secretario y escribiente del coronel José Santos Guayama.  Con él asistió al combate de “El Garabato”, en febrero de 1869, contra las fuerzas del comandante Ricardo Vera; al de “Chepes” contra el comandante Flores, y por último al de “Las Jarillas”, librado el 27 de marzo de 1869, contra las tropas mandadas por el mayor Antonio Loyola.

Allí fue hecho prisionero Segura, y trece individuos más, llamados: Carmen Navarro, Juan Maure, Francisco Pereyra, Rosario Toranzo, Manuel González, José Ordenes, Eusebio Córdoba, Tristán Farias, Ramón Sánchez, Simón Pereyra, Juan A. Burgos, Isidoro Hermosilla y Bernabé Aguilera.

El general José Miguel Arredondo, Jefe de las Fronteras de Córdoba, San Luis y Mendoza ordenó de inmediato al capitán Simeón Lucero la instrucción del sumario para que los nombrados individuos fueran juzgados en Consejo de Guerra verbal, bajo la imputación de haber acompañado a Guayama.

Simeón Lucero, capitán del batallón 1º de Guardias de San Luis, nombró secretario al ayudante mayor 2º del Batallón 12 de línea, don Sócrates Anaya, iniciando la instrucción del sumario el 8 de mayo.

Casi todos los procesados dijeron que Segura era “escribano” de Guayama; algunos creían que era “oficial” porque llevaba espada.  El mayor Antonio Loyola dijo que Segura servía a la montonera en calidad de secretario o mayor, como se demuestra por el cuaderno de órdenes que le fue tomado.  A juzgar por la hermosa caligrafía y la complicada rúbrica con que suscribe el acta del juicio verbal, era más hombre de péñola que de espada.  Sin embargo, fue tomado con las armas en la mano.

El 12 de mayo, el general Arredondo, ni corto ni perezoso, nombró el Consejo de Guerra, presidido por el sargento mayor Julio Ruiz Moreno, que integraban como vocales los capitanes Salvador Tula, Patrocinio Recabarren, Martín Viñales, Luis Lucero, Ramón Echegoyen y Pedro Páez.  El consejo se reunió el mismo día, actuando como defensores el capitán Sebastián Hernández y el ayudante mayor Píoquinto Lucero y como “juez fiscal” el mismo mayor Simeón Lucero, que había instruido el sumario.

Al día siguiente tuvo lugar la vista de la causa.  Segura, no obstante presentir su fatal destino, suscribió con mano firme el acta del comparendo.  Sus compañeros de infortunio, analfabetos todos, la signaron estampando, en cambio, a guisa de firma, toscas y vacilantes cruces, que imprimen a esta página del proceso un sentido fuertemente evocador y emotivo.

El mismo día el Concejo de Guerra, por “mayoría de votos”, sin expresar cómo se distribuyeron, condenó a Segura a ser pasado por las armas, “con arreglo a lo prevenido en las reales ordenanzas”, tomo 1º, página 180, párrafo 204, en atención al carácter de escribiente o encargado de la mayoría de las fuerzas del referido Guayama.

A los demás individuos se les condenó a diez años de servicio en los cuerpos de línea, con excepción de Simón y Faustino Pereyra, que fueron absueltos y liberados.

El 17 de mayo el general Arredondo aprobó la sentencia, en Mercedes, pasando los antecedentes al fiscal para su cumplimiento.  El 21 del mismo mes se cumplió en San Luis, fusilando a Segura a la vista de las tropas, que desfilaron después ante su cadáver, bajo el lúgubre redoble de los tambores.

El general Arredondo elevó los antecedentes al Ministerio de Guerra y el 14 de junio se suscribió el siguiente decreto: “Aprobado. Avísese en respuesta y archívese – Sarmiento- M. de Gainza”.

Este hecho, dramático episodio de la montonera indómita y levantisca, tuvo inmediata repercusión parlamentaria, bajo el influjo candente de la política guiada por las pasiones del momento.

El 16 de junio de 1869, el senador Salustiano Zavalía interpeló al Ministro de Guerra y solicitó que el alto cuerpo declarase que la ejecución de Segura, ordenada y cumplida en las circunstancias que acabamos de expresar, era contraria a las garantías constitucionales; que significaba la aplicación de la pena de muerte por causas políticas; que había sido proveída fuera de la jurisdicción competente y quebrantando la forma de procedimientos, por lo cual correspondía librar oficio al Poder Ejecutivo para que ordenase la acusación del general Arredondo y sus cómplices.

La interpelación se desarrolló en la sesión del día siguiente, a la que asistieron los ministros de Guerra, del Interior, de Relaciones Exteriores y de Justicia e Instrucción Pública, como también una nutrida y bulliciosa barra, lo que prueba la importancia y el sentido político que se asignaba al asunto.

Los representantes del Poder Ejecutivo sostuvieron que la ley del 14 de septiembre de 1863, invocada por el interpelante, no había alterado la jurisdicción de los tribunales militares; que a ellos estaba atribuida la competencia del asunto de acuerdo con las leyes recopiladas, que autorizaban a considerar a estos reos como simples asaltantes de caminos, pasibles de la pena capital.

Insistió el senador Zavalía en su tesis, apoyándola en la reciente jurisprudencia de la Suprema Corte, en su fallo del 13 de mayo de ese mismo año.

El caso del fallo era el siguiente: una partida de 12 hombres de la montonera de Felipe Varela fué batida en la Quebrada del Toro (Salta) por la Guardia Nacional, muerto el capitán y teniente que la mandaban y capturados 10 soldados, que fueron puestos a disposición del Juez Federal de Salta, Dr. Opolinario Ormaechea.

El general Ignacio Rivas reclamó el conocimiento de la causa.  El juez mantuvo su competencia y la Suprema Corte confirmó su resolución, por unanimidad de votos.

El asunto alimentó el debate político.  El general Mitre, en la sesión del 19 de junio, al tratarse la cuestión de San Juan, dijo que .la ejecución de Zacarías Segura era un asesinato.

En la sesión del 24 de julio urgió el despacho del asunto insistiendo en que se recabara el proceso y demás antecedentes, porque era necesario hacer la luz, ya que las represiones bárbaras se repetían.  Acaban de ser asesinados ahora -decía- dos infelices guardias nacionales en cepo colombiano, un Mateo Jofré y un David Barrionuevo en la misma provincia de San Luis y en los cuarteles del mismo general Arredondo.

El Senado resolvió, al fin, por catorce votos contra ocho, pedir los antecedentes requeridos.  El Presidente Sarmiento los envió, adjuntos a un mensaje, que suscribe con él su ministro Mariano Varela, no sin formular serios reparos a la pertinencia constitucional de esa medida.

Desde entonces el proceso duerme en el archivo del Senado, donde nos ha sido dable leerlo, y conocer casi setenta años después, las emocionantes páginas de aquel lejano drama.

El caso de Zacarías Segura sirvió más tarde al comentario de nuestros constitucionalistas, en los capítulos relacionados con la competencia de los tribunales militares y aplicación de la ley marcial.

Sarmiento “el civilizador”

El gobierno de Sarmiento fue pródigo en hechos atentatorios contra las autonomías provinciales, en lo que siguió la política represora de su antecesor (Bartolomé Mitre).  Intervenciones, fraudes, incursiones armadas, persecución, estado de sitio, fueron armas habituales de Sarmiento contra la “barbarie” provinciana.  En 1869, estando el país en guerra con Paraguay, se gastaron $4.248.200 en la represión del federalismo provinciano, mientras que la primera sólo insumió $ 3.647.952.

“La Prensa”, en su edición del 1º de agosto de 1875, refiriéndose a la actuación de Sarmiento como presidente, llegaría a estampar en sus columnas estas palabras: “El recuerdo de los hechos de sus últimos tiempos, de esa sombría serie de matanzas ordenadas por él, que han hundido para siempre su nombre en un charco de humeante sangre humana, nos llena de repugnancia y horror”.

Interviene Corrientes, donde impone como gobernador a José M. Guastavino; a San Juan donde depone al gobernador Manuel J. Zavalla; a Salta donde Roca termina con Varela.  En Loncogüé, ochenta hombres enviados en castigo por Urquiza a la frontera con el indio en Buenos Aires, se sublevaron.  Fueron fusilados doce de ellos, y Sarmiento ordenó quintar al resto pasando por las armas a los que les tocara por sorteo.  Poco después es fusilado Zacarías Segura

Fuente

Cutolo, Vicente Osvaldo – Nuevo Diccionario Biográfico Argentino – Buenos Aires (1985)

Efemérides – Patricios de Vuelta de Obligado

Landaburu, Laureano – Episodios Puntanos – Buenos Aires (1949)

Petrocelli, Héctor B. – Historia Constitucional Argentina – Keynes – Rosario (1993).

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